MEDIDAS DE APOYO A LA SOLVENCIA EMPRESARIAL
EXTENSIÓN DE LOS PLAZOS DE VENCIMIENTO Y DE CARENCIA DE LAS OPERACIONES FINANCIADAS A TRAVÉS DEL ICO
Les recordamos la extensión de los plazos de vencimiento y de carencia de los préstamos obtenidos a través del ICO.
EN QUÉ CONSISTEN:
- Extensión del plazo de carencia del pago del principal: un máximo de 12 meses adicionales, siempre y cuando el plazo total de carencia no supere los 2 años.
- Ampliación del plazo de devolución de los préstamos: un máximo de 3 años adicionales, siempre y cuando el vencimiento total de la operación avalada no supere los 8 años.
*Estos plazos podrán ser ampliados más allá de lo anteriormente previsto, según lo previsto en el Real decreto- Ley 05/2021 de 12 de marzo, según el análisis que realice la entidad financiera sobre el cliente y por un periodo máximo que se establecerá por acuerdo del Consejo de Ministros, sin que se requiera desarrollo normativo ulterior para su aplicación.
PLAZO DE SOLICITUD:
El deudor deberá realizar solicitud previamente a las entidades financieras antes del 15 de mayo de 2021.
Para conocer las condiciones expresas aplicables a su contrato de préstamo ICO, deberá a acudir a su entidad financiera.